ANÁLISIS DE LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA NACIONAL – Diciembre 2020 y total anual

ANÁLISIS DE LA RECAUDACIÓN TRIBUTARIA NACIONAL – Diciembre 2020 y total anual

Impulsada por una incipiente reanimación económica y la suba de alícuotas en Bienes Personales, la recaudación tributaria creció en diciembre 38% nominal y 1,6% en términos reales, registrando por cuarto mes consecutivo un aumento por encima de la inflación. En todo el 2020, sin embargo, sufrió una caída real de 7,4% interanual, que duplicó a la registrada en 2019 y completó un ciclo de tres años consecutivos de retroceso.

* En el último mes del año pasado, los ingresos generados por el IVA crecieron 11,7% a/a y registraron el primer incremento real en veintiséis meses. Pero se registraron caídas en los recursos de Seguridad Social y Derechos de Exportación, ya que la suba del tipo de cambio no logró compensar la caída en el comercio exterior.

* El contexto recesivo, profundizado por la pandemia, constituye el principal factor explicativo de que la recaudación haya caído en 23 de los últimos 25 meses en términos reales.

* La caída anual del IVA (17,7%) triplicó la baja registrada en 2019 y la de Ganancias se duplicó (-7,1%).

* La combinación de baja en el empleo registrado y de atraso de los salarios nominales con respecto al nivel general de precios hace que el ritmo de expansión de la masa salarial se ubique sistemáticamente por debajo de la del IPC desde junio de 2018. Los recursos de la Seguridad Social cayeron 11,4% real el año pasado.

* La mejora del tipo de cambio no evitó el retroceso de los ingresos por Derechos de Exportación (29,5%), en parte condicionado por los adelantos de operaciones de comercio exterior que hizo el complejo agroindustrial a fin del 2019.

* A pesar de cambios normativos previos para reforzar la recaudación, en el primer trimestre del año pasado ya se registró una baja real en los ingresos, previa al inicio del aislamiento.

* En abril la recaudación ajustada por inflación se retrajo 23,7% a/a conformando la caída más pronunciada desde abril de 2002, en gran medida como consecuencia de la caída de actividad propiciada por el  Aislamiento Social Preventivo Obligatorio (ASPO).

* Las medidas de alivio fiscal para paliar los efectos económicos del COVID19 en los contribuyentes implicaron una merma en la recaudación estimada en $79.222 millones en el primer semestre del 2020.

* El año finaliza con cuatro meses consecutivos de variaciones reales positivas.

Participación en «G20 Global Leadership Program»

Participación en «G20 Global Leadership Program»

María Pía Brugiafreddo, analista de la Dirección de Estudios, Análisis y Evaluación de la OPC, culminó su participación en el programa «G20 Global Leadership Program», organizado por la Escuela de Estudios Superiores de Posgrados de Corea del Sur (Korea Development Institute (KDI) School of Public Policy and Management).

Su trabajo final fue seleccionado como uno de los quince trabajos sobresalientes sobre un total de setenta y cuatro participantes, resultando premiado por KDI School por su valor para el intercambio de conocimiento.

Estas instancias de aprendizaje e intercambios, son esenciales para el crecimiento de la Oficina de Presupuesto del Congreso. La capacitación permanente del equipo de la OPC, es fundamental para el fortalecimiento y la difusión de nuestra labor.

IMPACTO FISCAL DEL PROYECTO DE LEY DE ATENCIÓN Y CUIDADO INTEGRAL DE LA SALUD DURANTE EL EMBARAZO Y LA PRIMERA INFANCIA (EXPTE CD-54-2020)

IMPACTO FISCAL DEL PROYECTO DE LEY DE ATENCIÓN Y CUIDADO INTEGRAL DE LA SALUD DURANTE EL EMBARAZO Y LA PRIMERA INFANCIA (EXPTE CD-54-2020)

El Proyecto de Ley para la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia (Expte. CD-54-2020) tiene por objeto el cuidado integral de la salud y la vida de las mujeres y otras identidades de género con capacidad de gestar, y de sus hijos e hijas durante los primeros años de vida, con el fin de reducir la mortalidad, la mal nutrición y desnutrición, proteger los vínculos tempranos, el desarrollo físico y emocional y la salud de manera integral y prevenir la violencia.

En función del análisis efectuado, se consideró que las medidas con impacto fiscal para el Estado Nacional presentes en el Proyecto de Ley serían las vinculadas con la ampliación de la política de asignaciones familiares (Art 4, 5, 6, 7 y 10 del Proyecto de Ley), capacitación al personal interviniente en la atención del embarazo y primera infancia (Art. 17) y la provisión de estudios y tratamiento para personas gestantes con riesgo de trombofilia (Art. 23).

En relación con las primeras, se estima un costo fiscal de $5.132 millones. Por su parte, en relación con la segunda medida, no ha sido posible efectuar la estimación de su impacto fiscal en virtud de requerir información relativa a la duración y modalidad de la capacitación, la población destinataria, el personal encargado de las tareas de armado, preparación y dictado de la capacitación, entre otras variables. Finalmente, en relación con la medida de atención a personas gestantes con embarazo de alto riesgo por presunción de trombofilia, se estima un impacto fiscal de $381 millones cada 1.000 personas gestantes.

IMPACTO FISCAL DE LOS PROYECTOS DE LEY DE FERIAS LOCALES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR Y LA ECONOMÍA SOCIAL, Y DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DE LA AGRICULTURA FAMILIAR

IMPACTO FISCAL DE LOS PROYECTOS DE LEY DE FERIAS LOCALES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR Y LA ECONOMÍA SOCIAL, Y DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DE LA AGRICULTURA FAMILIAR

El Proyecto de Ley S-1111/2019 tiene por objeto instituir el Marco Regulatorio de las Ferias Locales de la Agricultura Familiar y la Economía Social destinado a promocionar e incentivar el consumo y la comercialización directa de productos agroalimentarios y frutihortícolas de producción regional a los consumidores en todo el territorio nacional regulando la organización de los medios materiales y recursos humanos necesarios a tales fines.

El Proyecto sometido a consideración contiene una serie de medidas que implican mayores erogaciones presupuestarias. En función del análisis efectuado, se considera que las principales medidas con impacto fiscal para la Administración Nacional se encuentran vinculadas a las acciones para la realización de las ferias (artículos 2 y 6) y a los créditos y subsidios (artículo 5). A partir de la determinación de su ámbito de aplicación, de la población beneficiaria y de los rubros financiables por el Estado Nacional, se estimó un costo fiscal anual de $7.713 millones.

En tanto, el Proyecto de Ley S-1112/2019 crea el Régimen de Contratación Pública para el Desarrollo y Promoción de la Agricultura Familiar a los efectos de establecer un marco regulatorio que garantice la preferencia de compra de los productos de la Agricultura Familiar y fije los parámetros básicos a observar en los procesos de compra pública de la Administración Pública Nacional.

El Régimen dispone de una serie de parámetros que las contrataciones del Estado deben cumplir, respecto de las producciones de la Agricultura Familiar. Entre ellos se establece un mecanismo de reserva mínima de mercado del 30% para aquellas compras de bienes alimenticios que provengan de las unidades productivas inscriptas en determinados registros nacionales, siempre que exista oferta en las mismas.
En principio, no se identifica un impacto fiscal para este Proyecto, sino un redireccionamiento del gasto.

Se estima que las acciones de capacitación, de difusión, de asistencia técnica y financiera y de apoyo a los productores de la Agricultura Familiar podrán llevarse a cabo con recursos existentes. Se asume que las capacitaciones podrán desarrollarse en articulación con el INTA, el SENASA y otras instituciones especializadas públicas o privadas.

IMPACTO FISCAL DE LOS PROYECTOS DE LEY DE FERIAS LOCALES DE LA AGRICULTURA FAMILIAR Y LA ECONOMÍA SOCIAL, Y DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DE LA AGRICULTURA FAMILIAR

IMPACTO FISCAL DEL PROYECTO DE LEY PATRIA

El Proyecto de Ley crea el programa PATRIA con el fin de afianzar las rutas de fomento aéreo en todo el territorio nacional.

Para la ejecución del programa PATRIA, Líneas Aéreas del Estado (LADE) será el organismo de aplicación y ejecución, y utilizará aeronaves de la fuerza aérea con su personal. Por su parte, el Ministerio de Defensa proveerá servicios de mantenimiento y nuevo material de las aeronaves.

La estimación del costo fiscal del Proyecto se realiza en base a tres escenarios:

  • Escenario 1: el Proyecto PATRIA cubre los costos de Mantenimiento, Combustible y Adiestramiento de pilotos y la recaudación por venta de pasajes permitiría cubrir los costos de funcionamiento de LADE. Se estimó un costo fiscal de $1.334 millones para 2021 y de $2.012 millones para 2022.
  • Escenario 2: el Proyecto PATRIA cubre los costos de Mantenimiento, 75% del Combustible y 75% Adiestramiento de pilotos y la recaudación por venta de pasajes permitiría cubrir 25% de los costos del Combustible y Adiestramiento de pilotos y los costos de funcionamiento de LADE. Este escenario implicaría un costo de $1.149 millones en 2021 y de $1.737 millones en 2022.
  • Escenario 3: el Proyecto PATRIA cubre los costos de Mantenimiento y la recaudación por venta de pasajes permite cubrir 50% de los costos de combustible y adiestramiento de pilotos y los costos de funcionamiento de LADE. Se calcula un costo fiscal de $1.019 millones para el ejercicio 2021 y de $1.549 millones para el ejercicio 2022.

 

 

LA DEUDA FLOTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL

LA DEUDA FLOTANTE DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL

Los procedimientos de la administración gubernamental en lo relativo a la gestión del gasto público y de las compras y contrataciones determinan en muchos casos la existencia de un plazo de tiempo entre la generación de una obligación de pago derivada de un gasto y su efectiva cancelación. En cualquier momento dado, los gastos realizados que por diversos motivos todavía no han sido pagados constituyen lo que se conoce como deuda flotante.

La deuda flotante constituye un pasivo del Estado, en la medida que representa obligaciones ciertas pendientes de pago. No obstante, según la normativa argentina no forma parte de la deuda pública, que es deuda instrumentada a través de la emisión de títulos y la obtención de préstamos. Por lo tanto, no está incluida en las estadísticas de deuda pública.

Los gastos pendientes de pago comprenden tanto obligaciones que están dentro de su plazo de pago como obligaciones ya vencidas (atrasos), que involuntaria o intencionalmente no fueron canceladas a su fecha de vencimiento. La acumulación excesiva de pagos atrasados genera consecuencias negativas para las operaciones del gobierno y para el funcionamiento de la economía.

El volumen de gastos devengados en un año que quedó pendiente de pago al cierre del ejercicio alcanzó 6,7% del total devengado en 2013. El ratio disminuyó hasta un mínimo de 3,7% en 2017, para luego revertir la tendencia declinante en los últimos períodos, llegando a 4,5% en 2019. En relación al Producto, los gastos pendientes de pago oscilaron entre 0,7% y 1,4% del PIB desde 2012. En promedio, 97% de la deuda flotante se pagó durante el primer año posterior al devengamiento del gasto que la originó.