El Proyecto de Ley S-1111/2019 tiene por objeto instituir el Marco Regulatorio de las Ferias Locales de la Agricultura Familiar y la Economía Social destinado a promocionar e incentivar el consumo y la comercialización directa de productos agroalimentarios y frutihortícolas de producción regional a los consumidores en todo el territorio nacional regulando la organización de los medios materiales y recursos humanos necesarios a tales fines.
El Proyecto sometido a consideración contiene una serie de medidas que implican mayores erogaciones presupuestarias. En función del análisis efectuado, se considera que las principales medidas con impacto fiscal para la Administración Nacional se encuentran vinculadas a las acciones para la realización de las ferias (artículos 2 y 6) y a los créditos y subsidios (artículo 5). A partir de la determinación de su ámbito de aplicación, de la población beneficiaria y de los rubros financiables por el Estado Nacional, se estimó un costo fiscal anual de $7.713 millones.
En tanto, el Proyecto de Ley S-1112/2019 crea el Régimen de Contratación Pública para el Desarrollo y Promoción de la Agricultura Familiar a los efectos de establecer un marco regulatorio que garantice la preferencia de compra de los productos de la Agricultura Familiar y fije los parámetros básicos a observar en los procesos de compra pública de la Administración Pública Nacional.
El Régimen dispone de una serie de parámetros que las contrataciones del Estado deben cumplir, respecto de las producciones de la Agricultura Familiar. Entre ellos se establece un mecanismo de reserva mínima de mercado del 30% para aquellas compras de bienes alimenticios que provengan de las unidades productivas inscriptas en determinados registros nacionales, siempre que exista oferta en las mismas.
En principio, no se identifica un impacto fiscal para este Proyecto, sino un redireccionamiento del gasto.
Se estima que las acciones de capacitación, de difusión, de asistencia técnica y financiera y de apoyo a los productores de la Agricultura Familiar podrán llevarse a cabo con recursos existentes. Se asume que las capacitaciones podrán desarrollarse en articulación con el INTA, el SENASA y otras instituciones especializadas públicas o privadas.